¡Resolución Favorable!
Tu Guía Definitiva Post-Aprobación
Has recibido la notificación: CONCEDIDO. Tras meses de espera, la ansiedad termina. Pero ahora empieza la burocracia final. Aquí tienes la hoja de ruta exacta para convertir ese papel en tu vida normal en España.

⚠️ Importante: Tu estatus legal ya ha cambiado
Desde la fecha de la resolución, ya eres residente legal y tienes permiso de trabajo (si aplica a tu tipo de solicitud). La tarjeta física (TIE) es solo el documento que lo acredita, pero tus derechos empiezan YA.
Paso 1: La Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
La resolución es un papel, pero para el día a día necesitas la tarjeta de plástico. Este trámite se hace en la Policía Nacional y requiere "poner huellas".
📝 Lista de verificación para la cita de huellas:
- •Cita Previa: Solicítala en la Sede Electrónica (opción: "Policía - Toma de huella").
- •Formulario EX-17: Lleválo relleno y duplicado. Marcando "Tarjeta inicial".
- •Tasa 790 código 012: Debes descargarla, rellenarla online y pagarla en el banco (aprox. 16€). Lleva el justificante de pago.
- •Resolución Favorable: Imprime la notificación que te llegó.
- •Pasaporte Original: Y copia de la hoja de datos. VIGENTE.
- •Fotografía: Una foto reciente tamaño carnet en color, fondo blanco.
- •Empadronamiento: SOLO si has cambiado de domicilio respecto a la solicitud original.
*Tip: La tarjeta suele tardar entre 30 y 45 días en fabricarse. Te darán un resguardo que sirve como comprobante temporal.
Paso 2: Obtener el Número de Seguridad Social (NUSS)
Para trabajar, necesitas estar afiliado a la Seguridad Social. Si nunca has trabajado legalmente en España, probablemente no tengas este número.
¿Cómo se consigue?
Depende de tu situación laboral inmediata:
1. Si tienes un empleador:
La empresa puede solicitar el alta y la asignación de tu NUSS directamente a través del sistema RED. Ellos se encargan.
2. Si vas por tu cuenta o quieres adelantarte:
Puedes solicitarlo tú mismo en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
- • Necesitarás el Modelo TA.1
- • Resolución favorable y Pasaporte/NIE
Paso 3: Empezar a Trabajar (Alta y Contrato)
Este es el momento que esperabas. Con tu resolución (incluso sin la TIE física), ya puedes ser dado de alta.
Para autónomos:
Ya puedes ir a Hacienda a darte de alta en el IAE y luego en el RETA (Seguridad Social).
Para asalariados:
Entrega a tu jefe una copia de la resolución. Si RRHH te pide la tarjeta física, recuérdales que la resolución administrativa tiene plena validez jurídica.
Paso 4: La Tarjeta Sanitaria Individual (TSI)
Con tu alta en la Seguridad Social (o reconocimiento de derecho a asistencia), acude a tu Centro de Salud asignado por padrón.
Documentos necesarios:
- 1.Certificado de Empadronamiento (menos de 3 meses)
- 2.Documento acreditativo de Seguridad Social (si ya trabajas)
- 3.Resolución de residencia y Pasaporte
Te expedirán tu tarjeta sanitaria de tu Comunidad Autónoma, dándote acceso pleno al sistema de salud (médico de cabecera, recetas, especialistas).